El Premio “Ing. Antonio Marín” tiene por objeto servir de estímulo a un joven ingeniero argentino por nacimiento o adopción, con domicilio permanente en el país y egresado de una universidad argentina con título reconocido por el Estado.
Premiados
2023 – Dra. Ing. Marcela L. Martínez
2022 – Dr. Ing. Diego Cafaro
2021 – Dra. Ing. Juliana Piña
2020 – Dr. Ing. Martin Ignacio Idiart
2019 – Ing. Leandro A. Ramajo
2018 – Dra. Ing. Selva Pereda
2017 – Dr. Ing. Jorge Manuel Finochietto
2016 – Dr. Ing. Virginia A. Pacini
2015 – Dr. Ing. Pedro A. Roncagliolo
2014 – Dra. Ing. Vera A. Alvarez
2012 – Dr. Ing. Franco M. Francisca
2011 – Dr. Ing. Raúl O. Curadelli
2010 – Ing. Alejandro Daniel Verri Kozlowski
2009 – Ing. Pablo Bereciartua
2008 – Dr. Ing. Adrián Cisilino
2007 – Dr. Ing. Pablo Andrés Euillades
2006 – Desierto
2005 – Dr. Ing. Marcelo Tulio Piován
2004 – Dr. Ing. Rodolfo D. Aradas
2003 – Dr. Ing. Víctor A. Rinaldi
2002 – Dr. Ing. Pablo F. Puleston
2001 – Dr. Ing. Ricardo O. Ambrosini
2000 – Dr. Ing. Andrés Rodríguez
Jurado
Patricia Arnera
Raúl Escalante
José Luis Inglese
Osvaldo Postiglioni
Carlos Brañas
Reglamento
Aprobado en Sesión Plenaria del 7 de octubre de 2019
Artículo 1°: El Premio “Ing. Antonio Marín”, creado por la Academia Nacional de Ingeniería para recordar a quien fuera su primer Presidente, eminente hombre público y ejemplar ciudadano, tiene por objeto servir de estímulo a un joven ingeniero argentino por nacimiento o adopción, con domicilio permanente en el país y egresado de una universidad argentina con título reconocido por el Estado.
Artículo 2°: En la evaluación de los méritos de los candidatos, el Jurado dará igual ponderación a la actividad Académica (estudios realizados, docencia universitaria, publicaciones e investigación) y a la actividad Profesional (diseño, proyecto, fabricación, organización y control de tareas relacionadas con la Ingeniería).
Artículo 3°: La edad de los candidatos deberá estar comprendida entre los 35 y 45 años. No se considerarán postulaciones de quienes hubieren recibido el premio con anterioridad. Ningún Miembro de la Academia podrá optar al Premio.
Artículo 4°: El Premio será anual y se otorgará al ingeniero premiado una medalla y un diploma que lo acredite. El Premio se entregará en Sesión Pública.
Artículo 5°: Los Miembros de la Academia y las Autoridades de otras Academias, Universidades, Institutos y Organizaciones Gubernamentales y no Gubernamentales vinculadas con el quehacer ingenieril, podrán presentar la candidatura de un postulante, no aceptándose auto postulaciones. Las presentaciones deberán incluir el curriculum vitae del candidato y una breve justificación y valoración de su obra por parte de la Institución presentante. Cada una de las Instituciones mencionadas, sólo podrá realizar la propuesta de un único candidato, en cada convocatoria.
Artículo 6°: El Jurado para la búsqueda, la evaluación de los candidatos y la selección del mejor, será designado con la debida antelación por la Academia en Sesión Plenaria, debiendo producir su dictamen antes del 31 de octubre, para que el Premio pueda ser otorgado dentro del año académico.
Artículo 7°: Durante un período de tres meses cuyo principio fijará la Mesa Directiva de la Academia, el Jurado deberá cumplir sus tareas. La Academia podrá nombrar una Comisión o arbitrar otros medios para la búsqueda de candidatos, en los casos que lo considere necesario.
Artículo 8°: El Jurado a que se refieren los artículos 2°, 6° y 7° estará integrado por cinco Miembros, tres de los cuales, como mínimo, serán Académicos de Número o Eméritos de esta Academia. Su dictamen será inapelable.
Artículo 9°: Actuará como secretario del Jurado el Secretario de la Academia. Las decisiones serán tomadas por simple mayoría de votos, correspondiendo al Presidente el voto de desempate. La Mesa Directiva de la Academia aclarará toda duda que surja en la interpretación de estas normas y decidirá sobre cualquier cuestión no prevista en ellas y que no requiera, a su juicio, una decisión del Plenario.